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Se sancionó la Ley de Delitos Ambientales de Colombia que incluye como delitos tipificados la deforestación y el tráfico de fauna silvestre. Desde Cornare celebraron la decisión pues entrega herramientas para sancionar penalmente a quienes atentan contra los recursos ambientales.

La deforestación, su promoción y financiación, será sancionada hasta con 15 años de prisión. Penas similares a las que tendrán quienes comercialicen fauna o financien la invasión de áreas de especial importancia ecológica y la financiación y apropiación ilegal de baldíos de la nación.

“Trabajamos de manera articulada con el Congreso, las autoridades ambientales, el sector privado y, por supuesto, las comunidades por la protección de nuestros recursos naturales. En ese sentido, la Ley de Delitos Ambientales, además de ser una de las legislaciones más completas que existen, es un paso muy grande para fortalecer nuestra Estrategia de Lucha Contra la Deforestación”, afirmó el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Carlos Eduardo Correa.

“Además, la Fiscalía General de la Nación tendrá las herramientas necesarias para judicializar a los responsables de degradar la biodiversidad del país, y quien cometa estos delitos no podrá constituir personerías jurídicas ni abrir locales de servicio público”, puntualizó el viceministro de Políticas y Normalización Ambiental, Francisco Cruz.

Desde Cornare anunciaron: “Para nosotros como autoridad ambiental es muy importante tipificar como delito estos actos que van en contra de los recursos naturales, como la deforestación y el tráfico de fauna silvestre, porque en muchas ocasiones personas inescrupulosas prefieren pagar las multas que derivan de los procedimientos y no acarrean sanciones de tipo penal. Por eso para Cornare se convierte en una herramienta fundamental en nuestra apuesta por reducir estos delitos que atentan contra la biodiversidad”, explicó David Echeverri López, Coordinador del Grupo Bosques y Biodiversidad de Cornare.